lunes, 21 de febrero de 2011

GUÍA DIDÁCTICA PARA LA UTILIZACIÓN DE LA AGENDA

1. La agenda escolar es personal, su titular es responsalble de su cuidado y está obligado a llevarla siempre a clase, anotar en ella sus tareas escolares y tenerla a disposición del profesorado, así como a presentarla a sus familias al acabar la jornada.
2. La agenda es desde el momento de su entrega, un medio autorizado para la comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, por tanto podrá utilizarse para:
-Compartir información sobre comportamiento, actitud y trabajo escolar.
-Coordinar la actuación de todos los implicados en la labor educativa.
-Solicitar entrevistas con tutores/as.
-Informar de salidas programadas.
-Comunicar la salida acompañada del centro durante la jornada escolar.
-Justificar faltas de asistencia.
3. En ella apareceran las normas del centro educativo, que pueden variar de un centro a otro, pero las más destacadas son las siguientes:
-Los niños no podrán venir con juguetes ni objetos pequeños (horquillas, cadenitas, medallas, etc).
-No se prodrá asistir al centro padeciendo alguna enfermedad contagiosa ó fiebre.
-Siempre que el niño necesite una medicación se debe firmar una autorización con la dosis, la hora y el medicamento se deberá entregar en mano y pedir a la salida a su educadora.
-Si el centro dispone de uniforme, este será obligatorio.
-Siempre que la persona que venga a recoger al niño no sea la habitual, se deberá comunicarlo a la educadora y dar los datos de dicha persona.
-Se rogará puntualidad en los horarios tanto de salida como de entrada para favorecer el aprendizaje por rutinas en los niños.
-El cambio de horario de los niños deberá de ser avisado con anterioridad.
-Todos las prendas de vestir deberán de estar identificadas con nombre y apellidos del niño.
4.  La agenda es un instrumento para que los padres estén al día de la evolución académica de sus hijos y puedan ejercer el control necesario para que cumplan con sus tareas diarias de un modo eficaz. Las familias deben prestarle la importancia que requiere. Es preciso que no se limiten a firmarla cada día -una petición de algunos docentes-, sino que la revisen y ayuden a sus hijos a gestionarla del modo más adecuado.

martes, 25 de enero de 2011

CELEBRAMOS EL DÍA DE LA PAZ

Dentro de pocos días se va a celebrar el día de la paz, y con ello queremos organizar algunas actividades relacionadas con el tema, para los niños de infantil, una de las actividades propuestas es:

TODOS SOMOS IGUALES

Vamos a crear un mural, o un dibujo entre todos los alumnos de la clase.
En el representaremos un mundo ideal y para ello iremos dibujando los elementos que para nosotros son necesarios.
Para ello, pondremos papel continuo en la pizarra junto a pinturas de diversos colores.
Cada niño de clase será un país, y cada país se escribirá en un papel que se meterá en una bolsa, y más tarde se irán sacando los nombres de los países.
Cada vez que salga un país, el niño que tenga asignado el mismo, saldrá a la pizarra donde esta pegado el papel continuo y pintará lo que el desee, de esta manera, y con la simbología de llamar a los alumnos por el nombre de un país, comprobaremos que:
Todos los niños de todos los países son necesarios para crear el mural y crear un mundo ideal.

Cuando se termine de hacer el mural, nos pintaremos la cara de blanco y saldremos al patio donde haremos un abrazo común, es decir, nos daremos las manos y nos fundiremos en un solo abrazo.
Para ello todos nos cogeremos de las manos y, quien se quede en un extremo empezará a girar sobre sí mismo y el resto girará en sentido contrario, así quedaremos todos apretados y juntos y formaremos parte del gran abrazo de la paz.

Por último se cantará una canción relacionada con el día de la paz y se soltarán algunas palomas.

Materiales necesarios:

-Papel continuo.
-Pinturas de diversos colores.
-Pintura de cara de color blanco.

Esperamos que esta actividad sea agradable y divertida para los niños, y con ella queremos que aprendan que todos somos iguales, sin ninguna distinción.



jueves, 14 de octubre de 2010

Derechos y deberes de los niños

Los derechos de los niños

Derechos de los niños

Artículo 1º
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Artículo 2º
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Artículo 3º
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

Artículo 4º
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.
Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.
El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Artículo 5º
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

Artículo 6º
El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.
Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Artículo 7º
El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Artículo 8º
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

Artículo 9º
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Artículo 10º
El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole.
Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.  

Atención a menores con discapacidad

 
El Programa de Atención Temprana  engloba al conjunto de intervenciones dirigidas tanto, a la población  infantil de cero a seis años con trastornos en su desarrollo o que tienen el riesgo de padecerlos, como a sus familias.
Con el fin de cumplir este objetivo, la Comunidad de Madrid ofrece un servicio especializado de Atención Temprana que se desarrolla en centros concertados por el Instituto Madrileño del Menor y la Familia, con la finalidad de favorecer el óptimo desarrollo del niño, pretendiendo limitar, y en su caso, eliminar los efectos de una alteración o deficiencia en su desarrollo.
En qué consiste el Programa
El Programa implica una atención individualizada ambulatoria, de carácter preventivo, global e interdisciplinar que está orientada tanto al niño como a su entorno familiar y social y coordinada con otros recursos de atención.
La atención directa a los menores supone la realización de tratamientos ambulatorios especializados de estimulación, psicomotricidad, logopedia, fisioterapia y psicoterapia que el niño precise y la atención directa a la familia, proporcionando a ésta información, asesoramiento y apoyo.
Acceso al programa y sus servicios
Para recibir atención, el menor debe contar con la valoración y acreditación pertinente que indique la necesidad de recibir tratamiento de atención temprana. Esta acreditación podrá ser emitida por:
  • El Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad
  • Los Servicios Sanitarios públicos, tanto los de Atención Primaria como Especializada, sea ambulatoria u hospitalaria
  • Los Equipos de Valoración de la Consejería de Educación, es decir, los de Atención Temprana y los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.
Para solicitar este servicio el representante legal del menor puede dirigirse al Centro de Atención Temprana más cercano o mejor comunicado con su lugar de residencia y aportar la siguiente documentación:
  • Dictamen de Necesidad y,
  • Solicitud
Si necesita más información puede contactar con:
Instituto Madrileño del Menor y la Familia
Teléfono: 91.580.34.64  Fax: 91.580.37.47



Tiene como objetivo dar respuesta en el menor plazo posible a las necesidades transitorias o permanentes que presenten estos niños al estar demostrado que existe un mejor pronóstico en su evolución cuanto más temprana es la edad en que se aborda su atención terapéutica directa y se proporciona información, asesoramiento y apoyo a la familia.

La adopción

 
Mediante la adopción, nacional o internacional, se proporciona una familia de forma definitiva a menores que, por diversas circunstancias, no pueden convivir con la suya propia. El objetivo de la adopción es garantizar el derecho que todo niño tiene a desarrollarse en un ambiente familiar normal.

Adopción Nacional  Desde el año 1995, las cifras de menores entregados en adopción en la Comunidad de Madrid oscilan al rededor de los cincuenta casos anuales. Durante la última década, el número de recién nacidos abandonados en la Comunidad o cuyas madres renuncian a ellos y por tanto son susceptibles de ser adoptados, ha ido experimentando un paulatino descenso hasta situarse en torno a los cincuenta casos por año.
La reducción progresiva del número de abandonos y posterior adopción no puede interpretarse más que en sentido positivo, en cuanto que la disminución de niños adoptables supone un indicador de bienestar social de una sociedad (no discriminación de la madre soltera, planificación familiar, políticas preventivas y apoyo a la familia, etc.).

Adopción Internacional
En parte por la reducción de posibilidades de adopción nacional, y en parte por un complejo proceso social común a todos los países desarrollados de nuestro entorno, la adopción internacional ha experimentado un incremento espectacular en la Comunidad de Madrid.
Si en 1992 los niños procedentes de otros países adoptados por residentes en nuestra comunidad fueron 18, durante los últimos años han llegado más de 800 menores cada año a nuestra Comunidad.